1.1.1. LA FRANQUICIA TRIBUTARIA
Descripción
La franquicia tributaria es un incentivo tributario,
que se ha convertido en el principal instrumento legal para promover el desarrollo de programas de capacitación, al interior de las empresas.
Básicamente, esta franquicia permite a las empresas hacer uso del correspondiente descuento o rebaja tributaria, u obtener la recuperación de la Inversión en Capacitación.
El límite de Franquicia Tributaria que otorga el Estado a las empresas que se acogen a esta modalidad, tiene un tope máximo de 1% de la Planilla de Remuneraciones Imponibles Anuales. En el caso de las pequeñas y medianas empresas, cuyo 1% de las remuneraciones imponibles sea inferior a 13 UTM, pueden descontar anualmente, hasta esa suma por concepto de capacitación.
Las firmas pueden ejecutar acciones de capacitación en forma interna (cursos de empresa y cursos interempresa ) o bien en forma externa, contratando los servicios de Organismos Técnicos Capacitadores, OTEC, autorizados y evaluados por SENCE, o a través de Organismos Técnicos Intermedios para Capacitación OTIC.
La Franquicia Tributaria se puede utilizar de las siguientes maneras:
a Capacitación Pre-Contrato
b. Capacitación Post-Contrato
c. Franquicia Preferencial para MYPE
d. Subsidio directo MYPE (Foncap): Hasta un máximo de 26 UTM por empresa.
Subsidio para Capacitación consistente en el financiamiento directo por parte de SENCE, de las acciones de capacitación. Las empresas que opten a este subsidio deben cumplir los siguientes requisitos:
e. Contrato de Aprendices
Subsidio entregado directamente por SENCE para financiar la contratación y la capacitación de aprendices.
Objetivos
Promover el desarrollo de programas de capacitación al interior de las empresas.
Requisitos
Este instrumento se aplica a empresas que se
encuentren clasificadas por el SII, como contribuyentes en primera categoría de la ley de Impuesto a la Renta, sea que tributen por Renta Efectiva o Renta Presunta, o se encuentren exentas de pago por perdida del ejercicio.
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