2.2.5. ASESORÍA A EMPRESAS ASOCIATIVAS
Descripción
Instrumento de INDAP que persigue financiar a las empresas asociativas campesinas, una o más acciones estratégicas, de producción, tecnológicas y de gestión que permitan solucionar problemas inherentes a las complejidades que surgen en las etapas de crecimiento empresarial.
Para ello, las empresas podrán postular anualmente a líneas de acción y de apoyo vinculadas principalmente a:
● Nivel Corporativo (Gestión Estratégica): desarrollo de capacidades directivas, planificación estratégica, desarrollo organizacional, elaboración y evaluación de proyectos.
● Nivel Operativo (Gestión Operativa): gestión financiera, recursos humanos, producción, marketing y comercialización, gestión institucional, informacion y procesos administrativos.
Se debe privilegiar aquellas acciones que contribuyan a generar capacidades empresariales en las organizaciones, por lo que las orientaciones metodológicas deben estar dirigidas fundamentalmente a:
- privilegiar metodologías de carácter participativo involucrando a los socios directivos de la organización,
- implementar métodos que logren generar capacidades en las personas socias de la empresa y en sus propias institucionalidades, y
- implementar mecanismos o procesos que permitan generar productos constatables que apoyen, potencien o abran otras iniciativas de negocios, que logren un aumento de los beneficios en la organización y en sus asociados.
El acceso, permanencia y continuidad de la empresa asociativa usuaria, tendrá directa relación con el tiempo requerido para alcanzar cierta independencia de los subsidios y el desempeño de la empresa en el uso del instrumento, es decir, la duración estará condicionada a:
a) Perspectivas técnico-económicas de la empresa.
b) Cumplimiento de los resultados esperados.
c) Apropiación y conducción de la empresa en el desarrollo de las asesorías.
d) Aporte efectivo del cofinanciamiento.
e) Transparencia en el uso de los recursos.
Por otro lado, las asesorías no contemplan financiamiento para:
- Adquisición de activos fijos, con excepción de infraestructura menor de soporte a los procesos administrativos que no supere las 100 UF.
- Asesorías ya contempladas a través de la Asesoría Agrícola Familiar.
- Capital de trabajo.
- Impuestos.
- Aportes para misiones comerciales cofinanciadas por FIA o Pro-Chile, que superen el 50% de la contribución que le corresponda realizar a los propios miembros de la empresa.
En el caso que el grupo o empresas asociativas contraten alguna consultoría, y dependiendo del área de acción, el consultor deberá ser evaluado por INDAP Regional, para aquellos que se encuentren inscritos en los registros existentes en las distintas oficinas regionales. La empresa tiene la opción de contratar un consultor no registrado, en cuyo caso deberá contar con la aprobación de INDAP Regional, previo a iniciar su consultoría.
La selección del consultor y la conducción de la consultoría, será responsabilidad de la empresa asociativa en conjunto con INDAP, además la empresa deberá brindar todas las facilidades a INDAP para una permanente evaluación y control de los avances.
INDAP podrá poner término anticipado al Convenio con la empresa, en caso de identificar alguna anormalidad en el desarrollo de la consultoría.
Objetivos
Contribuir al desarrollo y consolidación de las empresas asociativas campesinas, para promover su inserción competitiva en los mercados de productos y servicios silvoagropecuarios.
Requisitos
Podrán postular empresas asociativas campesinas que cumplan con los requisitos establecidos por la normativa de INDAP y que además, estén constituidas legalmente, que exhiban vida tributaria formal y negocios que estén operando por más de un año. Desde el punto de vista económico-financiero, deben estar en proceso de crecimiento (indicadores económicos-financieros positivos), con una estructura administriva, contable y comercial mínima para operar, y que en lo posible, sus actividades de negocio(s) tengan impacto de desarrollo territorial (contratación de mano de obra local, adquisición de materias primas y/o servicios en la localidad, etc.).
Las empresas además, deberán complementar los antecedentes con la siguiente documentación:
- Certificado de vigencia de la personería jurídica de la organización.
- Copia del último Balance y Estado de Resultado.
- Última declaración de la Renta.
- Información complementaria que la región solicite.
Procedimientos operacionales
Las empresas asociativas campesinas podrán postular a cualquiera de las líneas de acción, en forma independiente y/o a una combinación de ellas, mediante una Ficha de Presentación, con la documentación requerida para tal efecto, la cual deberá ser entregada en las oficinas de Agencia de Área de INDAP que corresponda a la dirección comercial de la empresa.
Cabe señalar que, el sistema operará en función de la demanda, hasta que los recursos institucionales disponibles para tales efectos lo permitan.
La Dirección Regional, a través de una comisión técnica, será la responsable del proceso de priorización de las postulaciones y de su proposición al Director Regional de aquellas empresas candidatas a recibir el subsidio. Además, la comisión técnica, estará encargada de evaluar anualmente los resultados obtenidos por las distintas empresas que se adjudicaron la asesoría y determinar la pertinencia de continuar o no con las siguientes etapas previstas.
Una vez finalizado el proceso de priorización, cuya evaluación esta sujeta a criterios de carácter discriminatorio y priorización nacional y regional, se realiazrá la asignación definitiva, en función de los recursos disponibles, y se procederá a informar de los resultados a cada empresa postulante.
Posteriormente se procederá a la firma de un Convenio entre INDAP y la empresa asociativa, estableciendo los términos de referencia para su funcionamiento, incorporando una copia del contrato entre la organización usuaria y el consultor, en el caso que involucre algún tipo de consultoría, si no es así la organización deberá presentar un programa de actividades a efectuar con los recursos que se entregarán.
Los fondos serán entregados a la empresa una vez ratificado el convenio mediante resolución exenta del Director Regional, en dos cuotas a través de una orden de pago INDAP, ambas debidamente respaldadas por una factura emitida por la empresa, o parceladas en más cuotas, siempre con el respaldo correspondiente.
Al momento de solicitar el pago de la segunda cuota, la empresa asociativa campesina, deberá presentar una rendición de fondos mensual (o trimestral) en la que se deberá adjuntar copia de la boleta de honorarios del consultor, informes de avance y/o final, boletas, facturas y/o documentos que respalden los gastos efectuados y el cumplimiento de los productos esperados hasta ese momento. Este procedimiento será el mismo en el caso de pactar más de dos cuotas.
El aporte mínimo del grupo interesado será de un 15% del costo total para el primer año, y de un 20% a partir del segundo año. El aporte propio se hará efectivo al momento de firmar el contrato con la empresa consultora y será utilizado para cancelar las primeras acciones a realizar por el consultor.
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